OPERACIÓN RENTA 2023

Categoría: Opinión

Erik Escalona Aguilar, Jefe de Carrera Contador Auditor 

 

Este 1 de abril de dio inicio a la Operación Renta 2023, este proceso consiste en que los contribuyentes, personas naturales (personas) y jurídicas (Empresas), cumplirán con declarar sus ingresos, beneficios e incrementos de patrimonio, ya sean percibidos o devengados, todos estos obtenidos durante el año 2022, denominado año comercial, ante la autoridad tributaria: Servicio de Impuestos Internos (SII), dependiente del Ministerio de Hacienda.

Es importante identificar los plazos que abarca la declaración de esta Operación Renta, que va del 1 de abril al 10 de mayo de 2023.

Para este año tributario el SII espera recibir más de 4,5 millones de Declaraciones de Renta, de las que se subdividen de la siguiente forma:

De las 3,6 millones de Declaraciones de Renta propuestas por la autoridad tributaria, 2, 4 millones se ofrecerán para personas y 1,2 millones corresponderán empresas, lo que significará un menor costo de cumplimiento tributario para los contribuyentes y de alguna forma para la autoridad tributaria, debido a la disminución de revisiones, para así operar en el fiel cumplimiento de una política tributaria instalada.

 Se debe destacar, de la misma forma, la función que cumple la Tesorería General de la República (TGR) y sus nuevas operaciones:

  • Por primera vez, en esta operación renta 2023, operará la Ley 21.389 del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, lo que significará asegurar pagos adeudados a la madre/padre/tutor. Este procedimiento lo aplicara la TGR en forma de retención obligatoria.
  • El denominado alivio tributario, que consiste en un procedimiento en el que se permite re-programar deudas tributaria hasta 48 cuotas con 0% de pie y condonar hasta un 100% las multas e intereses adeudadas, para micro, pequeñas y medianas empresas, planteamiento nuevo que concluirá este mes de abril, según la Ley 21.514.
  • La ley 21.420, estableció un nuevo Impuesto único para la enajenación de acciones con presencia bursátil, que anteriormente, no tributaban, para esto, el SII, en su sitio web puso a disposición de los contribuyentes afectados un nuevo asistente, con una guía paso a paso, para dar fiel cumplimiento a la normativa tributaria.

La propuesta de Declaración de Renta, elaborada por la autoridad tributaria ya está disponible, hacia los contribuyentes, y así identificarlas, revisar y analizarlas, para lo cual, si sus ingresos corresponden, sus créditos etc., aceptarla, de la forma siguiente:

  • Presionar “Declarar Renta (F22), ingresando con el RUT y la clave única o tributaria.
  • Presionar “Año tributario a declarar”
  • Completar formulario
  • Presionar “Enviar”, los datos.

A tener en cuenta:

Dentro de los nuevo de Año Tributario 2023 (AT.23), los contribuyentes que declaren los primeros días, es decir entre 1 y el 8 de abril, recibirán de forma anticipada la devolución de impuestos, el 20 de abril.

Las fechas a destacar de esta Operación Renta 2023, se resumen de la siguiente forma:

Fecha de Envió de Declaración Fecha de Devolución
1 al 8 de abril 20 de abril
9 al 27 de abril 15 de mayo
28 al 10 de mayo 29 de mayo

Sin embargo, se debe mencionar que por experiencias de procesos de operación renta anteriores, es recomendable declarar la segunda quincena de abril, dado que, en ese periodo, la gran mayoría de los agentes retenedores ya han enviado su información al SII y la probabilidad de observaciones y molestos rechazos de devoluciones disminuyen considerablemente.

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